Auto Supremo AS/0478/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0478/2013

Fecha: 07-Ago-2013

Ameritando de nuestra parte señalar que, si bien el artículo 11 del Decreto Supremo de

Ameritando de nuestra parte señalar que, si bien el artículo 11 del Decreto Supremo de 19 de abril de 1949, que el recurrente denuncia como vulnerado, establece: "El sueldo o salario indemnizable comprenderá el conjunto de retribuciones en dinero que perciba el trabajador incluyendo las comisiones y participaciones, así como el pago por horas extraordinarias, trabajo nocturno y trabajo en días feriados siempre que unos y otros invistan carácter de regularidad dada la naturaleza del trabajo que se trate