Dicho ello y con relación a los motivos primero, tercero, cuarto, quinto y sexto, previa
Dicho ello y con relación a los motivos primero, tercero, cuarto, quinto y sexto, previa reiteración de lo dicho en su recurso de apelación restringida, la recurrente realiza la queja de que el Tribunal de alzada no se pronunció sobre los reclamos hechos en ese momento procesal. Sobre el particular, teniendo en cuenta las previsiones contenidas en los arts. 396 inc. 3), 407 a 415 del CPP, se tiene de los antecedentes venidos a casación, que al no haberse cumplido por parte de la recurrente lo dispuesto mediante Auto de 17 de junio de 2013, que determinó la subsanación del recurso de apelación restringida concediendo al efecto el término de 3 días, el Tribunal de alzada en aplicación del art. 399 del CPP, rechazó sin trámite las cuestiones planteadas; lo que implica, que si el Tribunal de alzada no ingresó a resolver el fondo del recurso de apelación restringida por la decisión de rechazarlo, mal puede pretender el recurrente que éste Tribunal conozca y resuelva los motivos alegados de manera directa, siendo que únicamente debió avocarse a fundamentar la supuesta ilegal declaratoria de rechazo, para en su caso lograr que aquél Tribunal resuelva sus reclamos
- El recurso de casación interpuesto por Teodocia Gonzáles Choque, cursante de fs
- Del memorial de recurso, se extraen los siguientes motivos
- En este tópico, la recurrente manifiesta que debido a que no se procedió a su
- 2)Bajo el rótulo de “SOBRE LA RESOLUCIÓN DE LAS EXCEPCIONES DE FALTA DE ACCIÓN” (sic),
- Prosigue en la mención de que el Tribunal de alzada al resolver la apelación incidental
- 3)En el tercer motivo, previa relación de contenidos de la querella y referencias doctrinales, alega
- 4)Reclama como cuarto motivo, inexistencia de fundamentación en la Sentencia conforme a los arts
- 5)Dentro del quinto motivo planteado, aduce la recurrente que el Tribunal de alzada, en la
- 6)Como sexto motivo la recurrente denuncia error en la Sentencia al tenor del art
- 7)Como séptimo motivo se realiza la afirmación de que la Sentencia se basó en una
- En este motivo, la recurrente apoya su pretensión central en jurisprudencia constitucional comparada, normas de
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En relación al plazo de interposición, se tiene que la recurrente, fue notificada con el
- En cuanto a los demás requisitos para la admisibilidad del recurso, resalta de su lectura,
- Dicho ello y con relación a los motivos primero, tercero, cuarto, quinto y sexto, previa
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- En autos, se tiene de la revisión de los antecedentes, que el Auto de Vista
- En cuanto al séptimo motivo, siendo aplicable lo argumentado inicialmente respecto a los motivos, primero,
- En similares situaciones, este Tribunal a través -entre otros- del Auto Supremo 281/2012-RA de 6
- En conclusión, ante el incumplimiento de los requisitos procesales para la apertura de competencia por
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
