Auto Supremo AS/0378/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0378/2013

Fecha: 11-Sep-2013

c)No se presentan elementos de prueba nuevos, (documental, pericial, testimonial), que por cualquier causa no

c)No se presentan elementos de prueba nuevos, (documental, pericial, testimonial), que por cualquier causa no se incorporaron al proceso y que modifique el fallo emitido. Cabe considerar en este punto, que el recurrente presenta como elementos de prueba nuevos, por un lado, Auditoria sobre Desembolso y Rendición de Cuentas del Mantenimiento del Avión Beechcraft realizado en las gestiones 2001 – 2002 (fojas 1178 a 1182); y por otro, dos Certificaciones de Información sobre Solvencia con el Fisco de Marquez Cornejo Juan Fernando. Los citados documentos no pueden ser considerados como elementos de prueba nuevos porque la Auditoria que se presenta es primero, a instancia del recurrente; segundo, porque es posterior a la comisión del delito; y tercero, por el tipo penal condenado se refiere a causar por mala administración o dirección técnica o cualquier otra causa daños al patrimonio de una institución o empresa estatal, que en el proceso ha quedado establecido como verdad formal, que se hizo un mantenimiento mayor al Avión Beechcraft C-90 Matricula EB-003 sin haber sido necesario por las horas de vuelo del citado avión. En lo que respecta a las Certificaciones de Información sobre Solvencia con el Fisco de Marquez Cornejo Juan Fernando, éstas son contradictorias pues por un lado, la de la gestión 2006, señala que no se tiene deuda con el Estado y la del 2012 que existe un proceso penal en trámite