Se advierte entonces que, la condición básica para que proceda el pago de este derecho
Se advierte entonces que, la condición básica para que proceda el pago de este derecho laboral, es que “el lugar de trabajo se encuentre dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales”, puesto que, este derecho tiene por objeto precautelar la integridad territorial de nuestro Estado, por ello es que se incentiva a todo trabajador que preste servicios en las fronteras de nuestro país, con el pago de este derecho adquirido, corresponda al ámbito público o al sector privado
- Que tramitado el proceso social, la Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la
- Interpuesto el recurso de apelación en nombre y representación de la empresa demandada (fs
- Dicha resolución motivó que la parte actora, presentara recurso de casación en el fondo, de
- Explicó que, el Auto de Vista arribó a la mencionada conclusión, sin realizar mayor explicación
- Concluyó solicitando se admita el recurso de casación en el fondo y se dicte Resolución
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, se tiene como único problema
- Al respecto, es necesario referirnos al texto íntegro del Decreto Supremo mencionado, recordando previamente que
- Se advierte entonces que, la condición básica para que proceda el pago de este derecho
- Debe considerarse que la cuestión sobre la ubicación precisa de la ciudad donde se afirma
- En ese sentido, corresponde señalar que la ciudad de Tupiza se encuentra ubicada en las
- A mayor abundamiento sobre ésta conclusión, nos remitimos a la propia norma que creó éste
- Siempre a mayor abundamiento, cabe anotar que el mismo Órgano Judicial obligado al cumplimiento del
- Bajo esos antecedentes, se establece que lo resuelto por el Tribunal de apelación, se encuentra
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
