Auto Supremo AS/0373/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2014

Fecha: 08-Oct-2014

Siempre a mayor abundamiento, cabe anotar que el mismo Órgano Judicial obligado al cumplimiento del

Siempre a mayor abundamiento, cabe anotar que el mismo Órgano Judicial obligado al cumplimiento del pago de este derecho a sus funcionarios en las líneas fronterizas internacionales, no realiza pago por este derecho a los funcionarios de la ciudad de Tupiza, porque no corresponde dado dicha ciudad no se encuentra dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales como exige la norma sustantiva