Auto Supremo AS/0514/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0514/2014

Fecha: 01-Oct-2014

iii) En el mismo considerando, el Tribunal de alzada indicó que: “según la querella de


iii) En el mismo considerando, el Tribunal de alzada indicó que: “según la querella de fs. 32 a 34, el querellante había contratado el personal de la empresa METAL GUAPURÚ para el enmallado perimetral del terreno pero que en fecha 12 de octubre de 2011 cuando ya se estaba acabando el trabajo encomendado, aparece el ciudadano Walter Justiniano Barbery y otras personas más, con violencia ingresaron a una parte del predio y amenazando de muerte a los contratistas y peones comenzaron a agredirlos, siendo advertidos de este hecho su abogado y su hijo Jorge Luís guzmán Araoz, quienes fueron testigos directos de las amenazas y avasallamiento; es así que mediante providencia de fs. 35 ambos acusados son notificados para que contesten a la querella y objeten a la misma, sin embargo ellos manifestaron que no harán uso de la objeción de querella según consta por memorial de fs. 38 y vta.; de lo que se concluye que es necesario la realización de un juicio, porque es imposible reparar directamente la inobservancia de la ley…”