Auto Supremo AS/0552/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2014

Fecha: 15-Oct-2014

De estos antecedentes se tiene que el acto de deliberación propiamente dicho, no puede ser

De estos antecedentes se tiene que el acto de deliberación propiamente dicho, no puede ser suspendido hasta mientras no se dicte mínimamente la parte dispositiva de la sentencia, situación que conjuntamente a la vigencia de los demás principios rectores del acto, brinda a las partes seguridad jurídica, puesto que asegura que el resultado del fallo será la expresión de las impresiones que actúan en el fuero interno de cada uno de los miembros del Tribunal y fundamentalmente que esa decisión, estará exenta de influencias externas al órgano jurisdiccional, así, la lectura parcial del fallo pone fin al primer momento de la deliberación, asegurando que el decisorio no podrá ser posteriormente alterado a tiempo de redactarse la sentencia íntegra; este acto único, inmediato y continuo garantiza la vigencia de los principios de imparcialidad e independencia del órgano jurisdiccional, el que dentro de un lapso razonable de tiempo en consideración de la complejidad del caso, determina la solución legal al conflicto”