Al respecto la uniforme jurisprudencia sentada tanto por la Corte Suprema de Justicia, como por
Además, se tiene establecido que éste recurso no se constituye en una tercera instancia, pues el Tribunal de Casación es un Tribunal de derecho y no de hecho, por ello el recurso solo procede por las causales taxativamente indicadas por la ley, debiendo el Tribunal de Casación circunscribirse a considerar las causales invocadas por el recurrente siempre que se formulen con observancia de los requisitos exigidos por la misma ley.
Al respecto la uniforme jurisprudencia sentada tanto por la Corte Suprema de Justicia, como por el Tribunal Supremo de Justicia, estableció que el recurso de casación se constituye en una demanda nueva de puro derecho, que puede ser planteada en el fondo, en la forma o en ambos a la vez, el que deberá circunscribirse a los requisitos enumerados en el artículo 258 del Código de Procedimiento Civil, estando obligado el recurrente a fundamentar de manera precisa y concreta las causas que dieron lugar a la interposición del recurso ya sea en el fondo, en la forma o en ambos a la vez, citando la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificando en qué consiste la violación, falsedad o error que invoca
- Que, el referido fallo motivó la interposición del recurso de casación de fojas 148 a
- Señala que el considerando quinto de la Sentencia, refiere un salario exabrupto de Bs
- Arguye que la testifical de descargo en aplicación del artículo 169 del Código Procesal del
- El recurrente de manera general, alega que el Auto de Vista recurrido contiene violación, interpretación
- Concluye su memorial, solicitando que éste Supremo Tribunal de Justicia ANULE el Auto de Vista
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos de ambos recursos de casación y nulidad, para
- Al respecto la uniforme jurisprudencia sentada tanto por la Corte Suprema de Justicia, como por
- A este efecto, y de la revisión del recurso en análisis, se establece que el
- En efecto, conforme preceptúa el artículo 258 inciso 2) del Código de Procedimiento Civil, la
- Sustenta lo expresado la amplia jurisprudencia desarrollada por la Corte Suprema de
- A mayor abundamiento, también la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho
- Que, en cuanto al error de hecho y de derecho en que incurrió el Tribunal
- De lo fundamentado precedentemente, se concluye que el primer recurso de casación de fojas 148
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. María Arminda Ríos García
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
