Auto Supremo AS/0430/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0430/2014

Fecha: 05-Nov-2014

Bajo estos parámetros se concluye que, no son evidentes las infracciones denunciadas en el recurso

En lo concerniente al salario indemnizable, se observa que en la demanda se señala un salario de Bs. 1.300.-, además que dicho monto se encuentra certificado en la literal a fs. 2, y por el contrario como ya se ha valorado, la documental a fs. 138 carece de valor legal y por ende de relevancia, en consecuencia no puede aplicarse jurisprudencia alguna.
Bajo estos parámetros se concluye que, no son evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación de fs. 227 a 229 vta., por carecer de sustento legal; en consecuencia el Auto de Vista recurrido se adecua a las leyes en vigencia, no observándose violación de norma legal alguna, por lo que corresponde resolverlo en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT