Auto Supremo AS/0430/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0430/2014

Fecha: 05-Nov-2014

c)Bajo el anterior análisis refiere también la transgresión del art

c)Bajo el anterior análisis refiere también la transgresión del art. 159 del CPT, porque el cuaderno a fs. 138 fue realizado por el propio demandante y se evidencia el trabajo discontinuo, porque se advierte los trabajos que realizaba así como los días que asistía, como ser 29 de diciembre de 2008, 9 de febrero de 2009, donde existe una clara discontinuidad, y siendo irregular y sin horario ni salario fijo ni exclusividad no se puede establecer una relación laboral conforme lo determina el art. 7 del DS Nº 1592 de 19 de abril de 1949 y la jurisprudencia sentada por el Auto Supremo Nº 146/82 de 11 de noviembre