De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, lo siguiente
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, lo siguiente:
a)Refiere la violación del art. 48.II de la Constitución Política del Estado (CPE), 66, 150 del Código Procesal del Trabajo (CPT), pues los mismos exigen una valoración integral de la prueba en base al principio de la realidad de los hechos, en tal sentido la documental glosada al dossier de fs. 15 a 137 y 138 que constituyen el libro diario de la tienda de venta de productos de Curtiembre San Juan y cuaderno de prestaciones de servicios respectivamente, constituyen en prueba fehaciente que advierten los ingresos y egresos de la Curtiembre San Juan así, como los pagos que recibía el demandante que, se encuentran registrados por su misma letra, y demuestra que este recibía pagos esporádicos, sin tener una relación continua de trabajo y no como manifestó el Auto de Vista, que dichos documentos “se tratan de solamente de unos datos de registro personal, que son tan ilegibles y desordenados que imposibilitan la compresión cabal”
De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, lo siguiente:
a)Refiere la violación del art. 48.II de la Constitución Política del Estado (CPE), 66, 150 del Código Procesal del Trabajo (CPT), pues los mismos exigen una valoración integral de la prueba en base al principio de la realidad de los hechos, en tal sentido la documental glosada al dossier de fs. 15 a 137 y 138 que constituyen el libro diario de la tienda de venta de productos de Curtiembre San Juan y cuaderno de prestaciones de servicios respectivamente, constituyen en prueba fehaciente que advierten los ingresos y egresos de la Curtiembre San Juan así, como los pagos que recibía el demandante que, se encuentran registrados por su misma letra, y demuestra que este recibía pagos esporádicos, sin tener una relación continua de trabajo y no como manifestó el Auto de Vista, que dichos documentos “se tratan de solamente de unos datos de registro personal, que son tan ilegibles y desordenados que imposibilitan la compresión cabal”
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Heidy Karina Rodríguez Segovia en representación de Irma
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, lo siguiente
- b)Refiere que, el cuaderno de prestación de servicios cursante a fs
- c)Bajo el anterior análisis refiere también la transgresión del art
- d)En el mismo sentido y siempre valorando el cuaderno a fs
- Concluyó solicitando que, el Tribunal Supremo de Justicia revoque totalmente el Auto de Vista
- CONSIDERANDO II
- El Recurrente denuncia que el Auto de Vista, ni la Sentencia valoraron adecuadamente la prueba
- Sobre el particular ha menester considerar que la valoración de la prueba en materia laboral
- De la jurisprudencia referida se advierte que en materia laborar, el Juez no se encuentra
- Ahora bien, la prueba cursante de fs
- Con respecto a la transgresión del art
- Con referencia a la denuncia de vulneración del art
- Bajo estos parámetros se concluye que, no son evidentes las infracciones denunciadas en el recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Se regula el honorario en Bs.500.- (Quinientos 00/100 Bolivianos) que mandará pagar el A quo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
