Auto Supremo AS/0642/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0642/2014

Fecha: 06-Nov-2014

En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de

En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 51/2014 de fecha 14 de febrero de 2014, cursante de fs. 774 a 775, por el que confirmó la Resolución Nº 453 de fecha 29 de agosto de 2012 cursante a fs. 643 a 645 y REVOCÓ la Sentencia Nº 360/2013 de fecha 14 de junio de 2013 y en consecuencia declaró probadas la demanda de fs. 10 a 11 subsanada a 13 de obrados por la causal prevista en el art. 131 del Código de Familia y probada la acción reconvencional de fs. 20 a 21, subsanada a fs. 22 a 23 de obrados por la causal prevista en el art. 131 del Código de Familia, confirmando los demás aspectos determinados por el A quo, con costas por la revocatoria. y Auto complementario de fecha 13 de enero de 2014, cursante a fs. 382, por el que anuló obrados hasta fs. 65 inclusive, es decir hasta el Auto de relación procesal, disponiendo que la Juez A quo regularice el proceso de acuerdo a los datos del mismo y a las normas legales que rigen la materia. De igual forma la citada Sala, emitió Auto Complementario de fecha 21 de marzo de 2014 cursante a fs. 779 por el que manifestó que ser evidente la existencia de error de transcripción al momento de emitir el Auto de Vista supra en el que señaló que confirmaba la Resolución Nº 453/2014 de fecha 29 de agosto de 2012 cursante a fs. 643-645, corrigiendo el mismo y en consecuencia dispuso que el Auto de Vista debe quedar como: “…POR TANTO: Se CONFIRMA la Resolución Nº 91/2013 de fecha 15 de febrero de 2013 cursante a fs. 396-989 y su auto complementario de fs. 703…”, en lo demás manifestó que siendo claros los fundamentos señalados en el Auto de Vista mantiene firmes y subsistentes todos los demás extremos