POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 parágrafo I. núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en los arts. 271 núm. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto Marilín Ostojic Chavarría, contra el Auto de Vista Nº 51/2014 de fecha 14 de febrero de 2014 cursante de fs. 774 a 775 y Auto Complementario de fecha 21 de marzo de 2014 cursante a fs. 779 ambas resoluciones emitidas por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con costas
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación en la forma y en el fondo,
- Del recurso de casación en la Forma
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- En base a esos antecedentes el recurrente manifiesta que los agravios expuestos precedentemente los planteó
- Del recurso de casación en el fondo
- En base a esos antecedentes y de conformidad a los arts
- En virtud a los fundamentos expuestos en el recurso de casación en la forma y
- En base a esas consideraciones expuestas precedentemente, se concluye que el recurso de casación en
- En lo que respecta a la violación de los arts
- Por lo expuesto y al no ser evidentes los agravios denunciados, corresponde emitir fallo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
