Auto Supremo AS/0661/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2014

Fecha: 20-Nov-2014

El Tribunal de Sentencia, estableció que los siguientes hechos fueron demostrados: “Que, en fecha 31


El Tribunal de Sentencia, estableció que los siguientes hechos fueron demostrados: “Que, en fecha 31 de marzo del 2010 en el inmueble ubicado en el Bo. Gremial c. Brasil esq. Prof. Oscar Aparicio Coca de la ciudad de Yacuiba, en el registro y requisa del inmueble en el dormitorio de los esposos Miguel Ángel Salgado – Jessica Llanos, encuentran al interior del ropero en una caja – un pequeño envoltorio dentro de una caja una SS. Blanquecina y al interior de una cartera un envoltorio de nylon conteniendo una SS. Blanquecina y en el cuarto ocupado como depósito en el interior de una lata una SS. Blanquecina, al interior de un parlante una bolsa nylon conteniendo una SS. Blanquecina y otra SS. Blanquecina envuelto con bolsas nylon con un peso de 1.234Grs. Así también se encontró cuatro botellas conteniendo SS. Líquidas luego del dictamen pericial, realizado por el Perito Químico Forense Fernando Mauricio Valle Rojas M.Sc del Instituto de Investigaciones forenses de la Fiscalía General del Estado determina científicamente el tipo de SS.CC. y concluye que la muestra IDIF 8932-10-LP-M1 es: Cocaína, M2 es: manitol; M3 es: ácido clorhídrico concentrado y M4 es: amoniaco y M5 es éter. Así consta del Dictamen-Técnico-pericial, Muestras únicas representativas de cocaína y manitol, actas de registro y requisa, secuestro de las SS.CC. y Muestrario físico de evidencias, corrobora la declaración prestada en juicio por el asignado al caso, las aclaraciones realizadas por el Perito forense, la declaración de la acusada Jessica Llanos y testigo de descargo y madre del acusado Sra. Perfecta Valdivieso que refieren también que esas cosas y líquidos fueron encontrados en los lugares ya referidos, como así también el dinero de sus ahorros encontrados en el primer ambiente en el que no se encontró SS.CC. alguna corroborado del propio informe del policía testigo de cargo