Auto Supremo AS/0661/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2014

Fecha: 20-Nov-2014

En consecuencia, previo a desarrollar el análisis del caso, resulta menester precisar que el principio


En consecuencia, previo a desarrollar el análisis del caso, resulta menester precisar que el principio de inocencia concebido como un postulado básico de todo ordenamiento jurídico procesal, implica que toda persona debe ser tratada como si fuera inocente desde el punto de vista del orden jurídico mientras no exista una sentencia penal de condena; motivo por el cual la situación jurídica del individuo frente a cualquier tipo de imputación es la de un inocente, sin que pueda aplicársele ninguna consecuencia penal, mientras no se declare formalmente su culpabilidad; este principio, tiene como base fundamental en la legislación interna, los arts. 116.I de la CPE y 6 del CPP; lo que significa, que una persona desde el momento de ser sindicada de la comisión de un hecho ilícito, por disposición constitucional, debe ser considerada inocente hasta que exista una sentencia ejecutoriada. Este derecho a ser tratado como inocente o principio de presunción de inocencia también está contenido en el art. 14 inc. 2) del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, además en el art. 8 inc. 2) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos