Auto Supremo AS/0661/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2014

Fecha: 20-Nov-2014

Sobre el particular, de los antecedentes procesales se advierte que ante el recurso de apelación


Sobre el particular, de los antecedentes procesales se advierte que ante el recurso de apelación restringida formulada por el recurrente, en el que alegó que de acuerdo a la prueba judicializada se dio una errónea calificación de los hechos, porque sólo se demostró que es un consumidor de sustancias controladas y que no se acreditó la comisión del delito de fabricación y mucho mensos de tráfico de sustancias controladas, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, fundamentó su posición para determinar la improcedencia del recurso, destacando en primer término que su labor se circunscribía a verificar si al resolverse –se entiende el caso- se lo hizo en el marco de la lógica y la experiencia a efectos de determinar si en base a las premisas que emergen del juicio es lógico y coherente a la luz de la sana crítica y experiencia que se llegue a cierto resultado intelectivo, para luego establecer que el Tribunal de Sentencia al emitir el juicio de condena por el delito de fabricación, lo hizo en mérito a que se demostró que en la vivienda del imputado existían las sustancias para fabricar cocaína y al contrario no hubo prueba científica o documentos que acrediten que el acusado es consumidor de sustancias controladas, situación que se demuestra a partir de exámenes realizados por profesionales del ramo, situación no acreditada en el presente proceso