Auto Supremo AS/0661/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2014

Fecha: 20-Nov-2014

En el caso presente, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, a tiempo de


En el caso presente, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, a tiempo de resolver los agravios denunciados en su apelación restringida, referidos a la errónea aplicación de la ley sustantiva y a la mala valoración de la prueba, incurrió en falta de fundamentación. Ahora bien, cabe señalar, que las situaciones de hecho expresadas en los Autos Supremos invocados por el recurrente, no tienen relación o no son similares con la problemática ahora analizada; no obstante de ello, la doctrina legal establecida en ellos señala también que cuando se advierte que en las resoluciones no existen razones ni criterios sólidos que fundamenten sus alcances, dicha omisión constituye un defecto insalvable porque genera incertidumbre a los sujetos procesales, por lo que corresponde realizar la labor de contraste, máxime cuando este Tribunal, de manera reiterada se ha referido al deber de fundamentación de toda Resolución, que recae sobre los Jueces y Tribunales de Sentencia quienes por voluntad del legislador, tienen el concesión exclusiva de la relación directa con las partes y las pruebas, mediante el ejercicio del principio de inmediación