Auto Supremo AS/0661/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2014

Fecha: 20-Nov-2014

La doctrina legal de los Autos Supremos invocados, fue establecida por las Salas Penales de


La doctrina legal de los Autos Supremos invocados, fue establecida por las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia, en el caso del Auto Supremo 418/2006 de 10 de octubre, ante la constatación de la existencia de defecto absoluto en el que incurrió el Tribunal de Alzada al no haber comprobado previamente el no ofrecimiento de prueba antes del juicio, ni la introducción de ésta a juicio como prueba extraordinaria, incurriendo en violación a la garantía constitucional del debido proceso. La violación al principio de presunción de inocencia, en el caso del Auto Supremo 479/2005 de 8 de diciembre, al establecerse que el Auto de Vista impugnado, al anular la sentencia en su totalidad disponiendo la reposición del juicio en vía de reenvío, contradijo la línea doctrinal sentada por este Tribunal en reiterados fallos, al no subsanar el error in iudicando existente en la resolución impugnada con la apelación restringida a través de la emisión de otra sentencia dictada por el Tribunal de alzada, conforme el art. 413 del CPP. Y, en el caso del Auto Supremo 214/2007 de 28 de marzo, al constatarse que el Auto de Vista impugnado omitió realizar un análisis congruente con los motivos del recurso de apelación restringida, acudiendo a la relación de fórmulas o muletillas