Tercer fundamento: De fs
Tercer fundamento: De fs. 512 a 513, recusó al perito Pedro Rojas Flores, recusación que fue rechazada a través del Auto interlocutorio de fs. 522-522 vta., en el segundo considerando del Auto de Vista señala que la resolución de fs. 613-614 mantiene incólume la providencia de fs. 604. En dicha resolución se aplicó incorrectamente el art. 441 del Codigo de Procedimiento Civil, consiguientemente, de los arts. 430, 433 y 442 de dicha norma
- Galdo Casazola
- Proceso: Nulidad de contrato de venta y escritura de transferencia
- Distrito: Tarija
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- María Olga Ibarra Martínez, de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Sexto en lo Civil y
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Segunda Vulneración: Se aplicaron incorrectamente los arts
- Tercer fundamento: De fs
- Cuarto fundamento: El Auto de Vista que tiene asidero en la injusta Sentencia, aplicándose de
- Con dichos antecedentes, pide casar el Auto de Vista que confirma la Sentencia, anulando ambas
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el tercer agravio alega que de fs
- El art
- En el último agravio acusa la aplicación errónea de los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
