CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se establece lo
CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se establece lo siguiente:
La recurrente cuestiona el fallo del tribunal de apelación, por haber confirmado la sentencia de primera instancia, que declaró improbada la demanda, argumentando que no se hizo una valoración de la prueba de reciente obtención presentada, que a criterio suyo sería, determinante para demostrar que corresponde a la empresa demandada, pagar en su favor el bono de producción que reclama y, al afirmar que dicha prueba no constituye prueba única y absoluta para sustentar su pretensiones, vulneró lo establecido en el art. 158 del CPT, pues el juzgador tiene la obligación de exponer con claridad, los hechos que motivaron su convencimiento; además de que el fallo impugnado, vulnera los arts. 150, 151 y 160 del CPT, al haber inducido en error la empresa demandada, al no acceder a la presentación de las planillas de trabajadores de la empresa
La recurrente cuestiona el fallo del tribunal de apelación, por haber confirmado la sentencia de primera instancia, que declaró improbada la demanda, argumentando que no se hizo una valoración de la prueba de reciente obtención presentada, que a criterio suyo sería, determinante para demostrar que corresponde a la empresa demandada, pagar en su favor el bono de producción que reclama y, al afirmar que dicha prueba no constituye prueba única y absoluta para sustentar su pretensiones, vulneró lo establecido en el art. 158 del CPT, pues el juzgador tiene la obligación de exponer con claridad, los hechos que motivaron su convencimiento; además de que el fallo impugnado, vulnera los arts. 150, 151 y 160 del CPT, al haber inducido en error la empresa demandada, al no acceder a la presentación de las planillas de trabajadores de la empresa
- Auto Supremo Nº 364/2014
- Sucre, 15 de diciembre de 2014
- Expediente: SSA.II-LP.364/2014
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, el Juez de Partido Quinto de Trabajo y
- Contra la sentencia, tanto la demandante como la institución demandada, formularon a su turno, recurso
- El auto de vista referido, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Refiere que, si bien es cierto que nunca percibió bono de producción alguno, fue a
- En mérito a lo expresado, señala que interpone el recurso de casación en el fondo,
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se establece lo
- Con carácter previo, es preciso señalar que, de la lectura de antecedentes, se observa que,
- No obstante lo señalado, es imperioso dejar claro que, como correctamente fue definido en el
- Al respecto, aunque parezca reiterativo, si bien la doctrina de la materia ha entendido que
- Por los razonamientos expresados, no se advierte que de qué manera se hubieran vulnerado los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
