El fallo mencionado, motivó que COTEL Ltda
1.MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El fallo mencionado, motivó que COTEL Ltda., a través de su representante legal interponga recurso de casación en el fondo (fs. 457 a 464), expresando lo siguiente:
1º Error en la apreciación de la prueba, al efecto señaló que en la apelación advirtió que la juzgadora realizó una ligera apreciación de las pruebas, creo convicción de certeza de una relación laboral en base a un análisis generalizado de la prueba, principalmente de la existencia de instructivos, cartas de solicitud de elaboración de contratos por plazos fijos, comunicados internos e incluso un formulario de impuestos (110), pruebas que no fueron particularizadas ni merecieron un análisis y evaluación fundamentada, como lo disponen los arts. 192.2) del Código de Procedimiento Civil (CPC) concordante con el art. 202 del Código Procesal del Trabajo (CPT). Esa falta de valoración debió ser observada por el Tribunal de apelación, pero éste se limitó a señalar que: “…los documentos motivo del presente recurso como ser instructivos, informes, boletas de pago y formularios de impuestos, literales que se encuentran en obrados, fueron valorados conforme a la sana crítica”
El fallo mencionado, motivó que COTEL Ltda., a través de su representante legal interponga recurso de casación en el fondo (fs. 457 a 464), expresando lo siguiente:
1º Error en la apreciación de la prueba, al efecto señaló que en la apelación advirtió que la juzgadora realizó una ligera apreciación de las pruebas, creo convicción de certeza de una relación laboral en base a un análisis generalizado de la prueba, principalmente de la existencia de instructivos, cartas de solicitud de elaboración de contratos por plazos fijos, comunicados internos e incluso un formulario de impuestos (110), pruebas que no fueron particularizadas ni merecieron un análisis y evaluación fundamentada, como lo disponen los arts. 192.2) del Código de Procedimiento Civil (CPC) concordante con el art. 202 del Código Procesal del Trabajo (CPT). Esa falta de valoración debió ser observada por el Tribunal de apelación, pero éste se limitó a señalar que: “…los documentos motivo del presente recurso como ser instructivos, informes, boletas de pago y formularios de impuestos, literales que se encuentran en obrados, fueron valorados conforme a la sana crítica”
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Dicha Sentencia fue apelada por el representante legal de COTEL Ltda
- El fallo mencionado, motivó que COTEL Ltda
- Los documentos referidos no son suficientes para determinar que entre COTEL Ltda
- En el caso de Cinthia Marina Ortega Rivera, determinó la existencia de una relación laboral
- En el caso de Mayko Lucia Guzmán Mendoza, señaló que según el instructivo PCA Nº
- Susana Fabiola Laura Ayala, la relación de trabajo fue determinada sobre la base del contrato
- Luis Fernando Palacios Medrano, con contrato de trabajo a plazo fijo, como asesor del Ing
- Félix Orihuela Pariente, con contrato de trabajo a plazo fijo, por tres meses desde el
- Nelson Gavinchu Márquez, contratado por 89 días desde el 17 de agosto al 15 de
- Mónica Cabrera Fuentes, en su caso la Juez consideró la existencia de una relación laboral
- 2º Interpretación errónea de la ley, la demostración de la existencia de una relación laboral
- Concluyó su recurso solicitando se remita el expediente ante el Tribunal Supremo de Justicia para
- Luis Fernando Palacios Medrano y Javier Ferreyra Sánchez por Mayko Guzmán Mendoza, Susana Fabiola Laura
- El recurrente interpone recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista Nº
- 1
- Bajo dicho contexto, al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador,
- En el caso presente, el recurrente pretende que en casación se ingrese a la censura
- De admitirse la pretensión del recurrente, el resultado no sería otro que el de distorsionar
- Con base en lo expuesto, esta Sala concluye que el Tribunal de apelación al confirmar
- 2
- Sin embargo de lo expuesto, esta Sala considera que la estabilidad laboral encuentra restricciones excepcionales
- En la definición legal del art
- La percepción anterior se corrobora aún más con la definición del DS Nº 12097 de
- Con costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
