Auto Supremo AS/0673/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0673/2014

Fecha: 26-Dic-2014

Esta pretensión de la señalada relación contractual administrativa, no es de competencia de los jueces


Esta pretensión de la señalada relación contractual administrativa, no es de competencia de los jueces ordinarios en materia civil; de lo cual resulta que los jueces de instancia, han conocido y resuelto un asunto que no era de su competencia, y que correspondía a la Sala Plena de la entonces Corte Suprema de Justicia de la Nación y ahora al Tribunal Supremo de Justicia, en su conocimiento y resolución