Con relación a los agravios contendidos en los puntos 1, 3, 13 14 y 15
Con relación a los agravios contendidos en los puntos 1, 3, 13 14 y 15 referidos a que el Tribunal de Alzada hubiera omitido los deberes de fiscalización previstos por el art. 17-I-II y III de la Ley 025; al no advertir la falta de notificación a las partes con la Resolución Nº 76/2010; que la transferencia del 50% de acciones y derechos sobre el lote de terreno efectuada por el Banco Ganadero a favor de Oddy Miranda fue en forma posterior a la demanda, cuando las partes ya se encontraban identificadas, procediendo a la sustitución procesal sin fundamentación alguna, vulnerando los art. 50, 327 núm. 2,4,9 del Código de Procedimiento Civil, así como la falta de consideración y pronunciamiento por el Tribunal de Alzada respecto a la apelación concedida en efecto diferido deducido contra el Auto Nº 172 de 17 de mayo de 2012, reclamos reiterados en el punto 15
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia que fue objeto de explicación y complementación para luego ser recurrida de apelación
- Resolución que fue objeto de la interposición del recurso de casación en la forma y
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 4
- 15
- 1 y 2
- 3
- 6
- Alega que no se le asignó el valor previsto por los art
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Con relación a los agravios contendidos en los puntos 1, 3, 13 14 y 15
- En ese orden respecto a la alegación de que su apelación no hubiera sido considerada
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Habiéndose respondido a ambos recursos de casación, se regula el honorario del Abogado del actor
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
