Auto Supremo AS/0736/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0736/2014

Fecha: 09-Dic-2014

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1.2 Le acusan que habría impedido la perención al no haber provisto material para la notificación otorgando otra interpretación al art. 309 del Adjetivo Civil, que en demandas reconvencionales no procede la perención, el art. 313 de dicha norma, no señala que la falta de notificación con la demanda reconvencional para la improcedencia de la perención