Auto Supremo AS/0742/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0742/2014

Fecha: 17-Dic-2014

Conforme lo dispuesto por los arts


Conforme lo dispuesto por los arts. 42.I inc. 3 de la LOJ y 419 del CPP, las Salas especializadas tienen la atribución de sentar y uniformar la jurisprudencia, cuando un Auto de Vista dictado por uno de los Tribunales Departamentales de Justicia, sea contrario a otros precedentes pronunciados por otros Tribunales Departamentales o por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia