Mediante el Auto Supremo 434/2014-RA de 2 de septiembre, se admitió el recurso de casación
I.1.2. Petitorio
El recurrente solicita: “se establezca la evidente contradicción entre la resolución impugnada y los precedentes contradictorios de carácter vinculante” (sic).
I.2. Admisión del recurso
Mediante el Auto Supremo 434/2014-RA de 2 de septiembre, se admitió el recurso de casación para el análisis de fondo del único motivo expuesto
- Por memorial presentado el 12 de agosto de 2014, que cursa de fs
- a)En mérito a las acusaciones pública (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Irineo Mendoza Flores formuló recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 434/2014-RA de 2 de septiembre,
- Mediante el Auto Supremo 434/2014-RA de 2 de septiembre, se admitió el recurso de casación
- II.1. Acusación formal
- El Ministerio Público fundamentó su acusación señalando que: “En fecha 10 de febrero del 2009,
- II.2. Acusación particular
- II.3. Sentencia
- El Tribunal de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, tuvo como hechos probados
- Señaló también que las pruebas fueron valoradas en su integridad y de acuerdo a las
- Mediante recurso de apelación restringida, el imputado Irineo Mendoza Flores, denunció falta de claridad en
- II.5. Auto de Vista
- El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 17 de 20 de febrero de
- Consecuentemente, en criterio de este Tribunal de Alzada, la subsunción de los hechos a derechos
- (…) consiguientemente al no haberse demostrado de manera alguna acciones u omisiones que evidencien la
- III.1. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- La Constitución Política del Estado (CPE), reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- Lo anterior significa, que la falta de fundamentación o motivación, concurriría cuando la resolución judicial
- En esa línea, la Sentencia Constitucional 1365/2005-R de 31 de octubre, señaló que: “…la motivación
- III.2. Análisis del caso concreto
- fundamentos jurídicos de dicha Resolución, describiendo en un primer acápite los reclamos del recurrente y
- También concluyó que la Sentencia apelada no era incongruente, ya que en la acusación, el
- Analizada la Resolución impugnada, se tiene que la misma tiene estructura de forma y de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
