Auto Supremo AS/0003/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2014

Fecha: 04-Feb-2014

Con referencia a que la Resolución Determinativa ha sido dictada fuera del plazo previsto en

Con referencia a que la Resolución Determinativa ha sido dictada fuera del plazo previsto en el artículo 99 parágrafo I de la Ley Nº 2492, que indica: “Vencido el plazo de descargo previsto en el primer párrafo del Artículo anterior, se dictará y notificará la Resolución Determinativa dentro el plazo de sesenta (60) días y para Contrabando dentro el plazo de diez (10) días hábiles administrativos, aun cuando el sujeto pasivo o tercero responsable hubiera prestado su conformidad y pagado la deuda tributaria, plazo que podrá ser prorrogado por otro similar de manera excepcional, previa autorización de la máxima autoridad normativa de la Administración Tributaria… En caso que la Administración Tributaria no dictara Resolución Determinativa dentro del plazo previsto, no se aplicarán intereses sobre el tributo determinado desde el día en que debió dictarse, hasta el día de la notificación con dicha resolución” de lo que se infiere que en el caso en análisis, la notificación con la Vista de Cargo se realizó del 21 de octubre de 2008, al 20 de noviembre de 2008, transcurre los 30 días para la presentación de los descargos, a partir de esa fecha se compatibilizan los 60 días, los mismos que concluyen el 19 de enero de 2009 y al ser dictada la Resolución Determinativa el 19 de diciembre de 2008 y notificada el 24 de diciembre de 2008, se encuentra dentro del plazo legal