Auto Supremo AS/0003/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2014

Fecha: 04-Feb-2014

CONSIDERANDO II: Que, conforme el Acuerdo de Sala Plena Nº 546/2013 de 20 de noviembre

CONSIDERANDO II: Que, conforme el Acuerdo de Sala Plena Nº 546/2013 de 20 de noviembre de 2013, emitido por el Tribunal Supremo de Justicia con la atribución conferida por el artículo 38 numeral 16 de la Ley Nº 025, por el cual se autoriza el sorteo extraordinario, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, de la empresa recurrente, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:

EN LA FORMA
En cuanto a que la notificación con la Vista de Cargo Nº 610-FE-61-0075-054-08, se hubiera notificado a la señora Sandra Cruz y que no se cumplió el procedimiento para la notificación por cédula por no haberse interpuesto de acuerdo a procedimiento, al respecto de los antecedentes procesales se puede observar que la Vista de Cargo ha sido notificada por cédula de acuerdo al artículo 85 de la Ley Nº 2492, toda vez que a fojas 119 y 120 cursa el primer y segundo aviso de visita, la representación a fojas 121, la providencia para la notificación por cédula a fojas 122, y la diligencia de notificación personal con la Vista de Cargo en la que se evidencia que el representante legal de la empresa fiscalizada se rehusó a firmar en presencia de un testigo de actuación como indica el procedimiento