El principio de legalidad es un elemento sustancial de todo Estado de Derecho y sobre
III. VERIFICACIÓN DE LA SUPUESTA VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
El recurso fue admitido vía flexibilización, ante la denuncia de violación del principio del debido proceso, legalidad y presunción de inocencia:
III.1.Derechos y garantías consideradas vulneradas
Debido proceso
El debido proceso como un principio jurídico procesal o sustantivo, implica que cualquier persona tiene derecho a cierta gama de garantías mínimas, que tienden a asegurar el resultado justo y equitativo de cada proceso efectuado y que las personas tengan la oportunidad de ser oídas y hagan valer sus pretensiones frente a cualquier juez o autoridad.
Además, constituye un postulado básico del Estado Derecho, traducido en la facultad del ciudadano de exigir, tanto en la actuación judicial como administrativa, el respeto irrestricto de las normas en cada caso concreto, conforme las leyes preexistentes al acto imputado, ante el juez o tribunal competente, con observancia de las formas de cada juicio; así el debido proceso es la máxima expresión de las garantías fundamentales y cualquier vulneración a las mismas puede ser alegada por vía de violación al debido proceso en un sentido amplio; formando usualmente parte de este: la preexistencia de la ley penal, el juez o tribunal competente, el acceso a la administración de justicia en condiciones de libertad e igualdad, la observancia y cumplimiento de las formas propias del juicio, entendido este último como todo el desarrollo del proceso, la aplicación de la ley penal favorable, la presunción de inocencia y sus consecuencias, la defensa técnica y material, el proceso público sin dilaciones injustificadas, el principio de contradicción, la imparcialidad del juez, la doble instancia, entre otros.
Principio de legalidad
El principio de legalidad es un elemento sustancial de todo Estado de Derecho y sobre el que la doctrina es coincidente al identificarlo como el límite penal para que nadie pueda ser condenado por la perpetración de un hecho, si éste no se encuentra descrito como figura delictiva con el establecimiento de su correspondiente consecuencia jurídica por una ley anterior a su comisión. A decir de Fernando Villamor Lucia, el principio de legalidad tiene dos partes: “nullum crimen sine lege y nulla poena sine lege, es decir que el delito y la pena deben estar determinados por una ley previa”
- Por memorial presentado el 15 de noviembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Acusando la violación del principio del debido proceso, legalidad y presunción de inocencia, el recurrente
- El recurrente pide se revise el “Injusto Auto de Vista de 21 de Octubre”
- Mediante Auto Supremo 319/2013-RA de 6 de diciembre, cursante de fs
- El principio de legalidad es un elemento sustancial de todo Estado de Derecho y sobre
- La doctrina legal aplicable de la extinta Corte Suprema de Justicia, por medio del Auto
- Por su parte, el Tribunal Constitucional, a través de la SC 0062/2002 de 31 de
- En cuanto al principio de legalidad, de conformidad a lo previsto por el art
- En consecuencia, el Estado no puede castigar una conducta que no está descrita ni penada
- En concordancia con estos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, el art
- El derecho fundamental a la presunción de inocencia, en tanto que presunción iuris tantum, implica
- El derecho a la presunción de inocencia comprende: “(
- No obstante el desarrollo del derecho fundamental a la presunción de inocencia, es pertinente sentar
- Sobre el primer reclamo, el mismo está íntimamente vinculado a la valoración de la prueba,
- Lo señalado por el Tribunal de apelación es evidente, pues conforme lo dispone el art
- En el caso, efectivamente el tribunal de apelación no pudo realizar un mayor análisis del
- En ese sentido, este Tribunal considera que no se ha demostrado la denuncia del recurrente
- Respecto al segundo reclamo, se advierte que está referido a la supuesta falta de valoración
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
