Auto Supremo AS/0006/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0006/2014-RRC

Fecha: 10-Feb-2014

En concordancia con estos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, el art


Principio de presunción de inocencia

En el Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos, el derecho a la presunción de inocencia aparece considerado en el artículo 11.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el sentido de que “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa (...)”. De igual modo, el citado derecho es enfocado en el art. 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el art. 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En relación con esta última: “(...) la Corte ha afirmado que en el principio de presunción de inocencia subyace el propósito de las garantías judiciales, al afirmar la idea de que una persona es inocente hasta que su culpabilidad es demostrada”.

En concordancia con estos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, el art. 116. I de la CPE establece “Se garantiza la presunción de inocencia. Durante el proceso, en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable al imputado”. De esta manera, el constituyente ha reconocido la presunción de inocencia como un derecho fundamental