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    Auto Supremo AS/0008/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0008/2014

    Fecha: 27-Feb-2014

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    4.2.- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.500, que mandará hacer efectivo el Juez a quo
    • Sucre: 27 de febrero de 2014
    • III. CONSIDERANDO
    • Alega que el Juez a quo en conocimiento pleno de la situación de salud de
    • 3
    • El recurso extraordinario de casación constituye una demanda nueva de puro derecho, que tiene por
    • Entre tales requisitos vinculados a determinar si procede o no el recurso de casación, se
    • Lino Enrique Palacio dice que “es parte quien reclama o frente a quien se reclama
    • La parte que goza de capacidad de obrar, puede intervenir en el proceso de forma
    • En cambio las personas individuales a quienes afecta una incapacidad de hecho, intervienen en el
    • Por su parte el artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, permite una representación sin
    • Dado que la norma en examen condiciona la validez de la actuación del representante sin
    • En el caso en examen la recurrente invoca la representación sin mandato de su hermana
    • En consecuencia, dado que; por un lado, es inadmisible la representación sin mandato en casación;
    • IV. POR TANTO
    • 4
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Libro de Tomas de Razón 8/2014

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