Auto Supremo AS/0056/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0056/2014-RRC

Fecha: 20-Feb-2014

En el noveno CONSIDERANDO, se afirma que: “de acuerdo al estado de inconciencia de la


En el noveno CONSIDERANDO, se afirma que: “de acuerdo al estado de inconciencia de la víctima, resultaría imposible que exista un mutuo acuerdo o consentimiento para tener relaciones sexuales; por lo que ese débil argumento de la defensa y del Tribunal inferior no ha sido demostrado durante el juicio oral por ningún medio de prueba o elemento probatorio; por otra parte si bien es cierto que el Tribunal inferior se abstuvo de condenar a los acusados por una supuesta falta de tipicidad del art. 308 Ter del Código Penal que ha sido acusado tanto por el Ministerio Público como la víctima, sin embargo en aplicación del principio Iura Novit Curia el Tribunal de la causa tiene la facultad de aplicar el derecho que corresponda al hecho sometido a juzgamiento…” (sic)