Auto Supremo AS/0056/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0056/2014

Fecha: 24-Feb-2014

CONSIDERANDO I: Antecedentes de hecho

Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 154 a 160, interpuesto por Ana María del Carmen Terceros de Bohrt, en representación legal de PROJECT CONCERN INTERNATIONAL (PCI), contra el Auto de Vista Res. A.V. 138/2012 SSA. II, de 2 de octubre de 2012, cursante de fs. 145 a 146 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro la demanda contencioso tributaria, seguida por el recurrente, contra la Administración Interior de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional; la contestación de fs. 165 a 168 vta.; el Auto Nº 025/2013 de 23 de enero de 2013 de fs. 169 que concede el recurso; los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I: Antecedentes de hecho. Que, planteada la demanda contencioso tributaria que corre de fs. 39 a 48 del expediente, la Juez Segundo de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Distrito Judicial de La Paz, pronunció Sentencia Nº 05/2011 de 16 de abril de 2011 de fs. 115 a 124, declarando probada la demanda contenciosa tributaria, disponiendo la nulidad invocada en la demanda en relación a lo expuesto en el acápite c) del último considerando y probada la excepción de prescripción de la Resolución Sancionatoria por Unificación de Procedimiento Nº AN-GRLPZ-LAPLI Nº 0029-10 de 12 de enero de 2010, por lo tanto extinguida la obligación tributaria. En grado de apelación deducida por Oscar Torrico Ocampo, en representación legal de la Aduana Interior La Paz de la Gerencia Regional de Aduana La Paz (fs. 125 a 130), el Tribunal Ad quem, mediante Auto de Vista Res. A.V. 138/2012 SSA. II, de 2 de octubre de 2012, cursante de fs. 145 a 146 vta., revocó la sentencia, declarando improbada la demanda contencioso tributaria e improbada la excepción de prescripción