Auto Supremo AS/0056/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0056/2014

Fecha: 24-Feb-2014

Que, el artículo 59

Que, el artículo 59. I. 3 del Código Tributario establece que prescriben a los 4 años las acciones de la administración tributaria para imponer sanciones administrativas, en cuyo caso desde el Parte de Recepción Nº 201 2003 168565 de 22 de diciembre de 2003, hasta la notificación con la Resolución Sancionatoria de 12 de marzo de 2010, transcurrieron 7 años, 2 meses y 20 días, por lo que de cualquier manera prescribió la facultad de determinar la deuda tributaria