Auto Supremo AS/0046/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0046/2014

Fecha: 08-Abr-2014

CONSIDERANDO III: Que, analizando los fundamentos del

En ese entendido, los recurrentes finalizan sus argumentos señalando, que siendo evidentes las infracciones y violaciones cometidas por el Tribunal de Segunda Instancia, solicita conceder el Recurso de Casación en el fondo por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su Sala Social, Administrativa, a objeto de que ese Tribunal, deliberando en el fondo case el Auto de Vista Nº 065/ 2006 de 24 de febrero de 2006 y mantenga firme y subsistente la Sentencia dictada por el Juez A quo de 15 de marzo de 2001 de fs. 89 a 91 y vta., de obrados con costas.
CONSIDERANDO III: Que, analizando los fundamentos del Recurso de Casación en el fondo, es necesario realizar las siguientes consideraciones:
Con carácter previo, corresponde tener presente que en ejercicio de la facultad conferida en el art. 15 de la Ley de Organización Judicial, los tribunales y jueces de alzada, en relación con los de primera instancia y los de casación respecto de aquellos, están obligados a revisar los procesos de oficio, a tiempo de conocer una causa, si los jueces y funcionarios observaron los plazos y leyes que norman la tramitación y conclusión de los procesos para aplicar en su caso las sanciones pertinentes