Consiguientemente y en mérito a lo expuesto,
Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en los arts. 105, 107 del Código Procesal Civil, en el marco de lo dispuesto por la Disposición Transitoria Cuarta y Séptima de la misma norma legal, y 15 de la Ley de Organización Judicial, aplicables por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- Partes : Pedro Fuentes Quispe, Aldo José Hurtado
- INDEMNIZACIÓN
- CONSIDERANDO II
- En ese sentido, los recurrentes acusan también,
- CONSIDERANDO III: Que, analizando los fundamentos del
- Que, en cuanto a las apelaciones se
- Que, respecto a la Nulidad Procesal, la
- En el presente caso, de la revisión de
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- Por Secretaría de la Sala, cúmplase con
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso.
