Que, en cuanto a las apelaciones se
Que, en cuanto a las apelaciones se refiere, el art. 236 del Código de Procedimiento Civil establece que el Auto de Vista deberá circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que hubiesen sido objeto de apelación y debida fundamentación; Auto de Vista que podrá ser confirmatorio o revocatorio, total o parcial, en cada caso, o anulatorio o repositorio, de acuerdo con lo previsto por el art. 237 del mismo cuerpo de leyes
- Partes : Pedro Fuentes Quispe, Aldo José Hurtado
- INDEMNIZACIÓN
- CONSIDERANDO II
- En ese sentido, los recurrentes acusan también,
- CONSIDERANDO III: Que, analizando los fundamentos del
- Que, en cuanto a las apelaciones se
- Que, respecto a la Nulidad Procesal, la
- En el presente caso, de la revisión de
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- Por Secretaría de la Sala, cúmplase con
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso.
