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    Auto Supremo AS/0046/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0046/2014

    Fecha: 08-Abr-2014

    Por Secretaría de la Sala, cúmplase con

    Por Secretaría de la Sala, cúmplase con lo previsto en el art. 17- IV de la Ley del Órgano Judicial que a la letra dice: “En caso de nulidad de obrados…, el tribunal deberá comunicar de oficio la decisión al Consejo de la Magistratura a los fines de Ley”
    • Partes : Pedro Fuentes Quispe, Aldo José Hurtado
    • INDEMNIZACIÓN
    • CONSIDERANDO II
    • En ese sentido, los recurrentes acusan también,
    • CONSIDERANDO III: Que, analizando los fundamentos del
    • Que, en cuanto a las apelaciones se
    • Que, respecto a la Nulidad Procesal, la
    • En el presente caso, de la revisión de
    • Consiguientemente y en mérito a lo expuesto,
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
    • Por Secretaría de la Sala, cúmplase con
    • REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
    • MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso.

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