CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos
CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del Recurso de Casación de fs. 308 a 309 y vta., para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
Antes de ingresar al análisis de la problemática planteada, se debe tener presente que tal como ha sido planteado el Recurso, el inc. 1) del art. 253 del Código de Procedimiento Civil, dispone que el mismo procederá: “Cuando la Sentencia recurrida contuviere violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley”, y el inc. 3), refiere: “Cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error de derecho o error de hecho. Este último deberá evidenciarse por documentos o actos auténticos que demostraren la equivocación manifiesta del juzgador”
Antes de ingresar al análisis de la problemática planteada, se debe tener presente que tal como ha sido planteado el Recurso, el inc. 1) del art. 253 del Código de Procedimiento Civil, dispone que el mismo procederá: “Cuando la Sentencia recurrida contuviere violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley”, y el inc. 3), refiere: “Cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error de derecho o error de hecho. Este último deberá evidenciarse por documentos o actos auténticos que demostraren la equivocación manifiesta del juzgador”
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- Libro de Tomas de Razón Nº 064/2014
