Contra el referido fallo, la Representante Legal
Contra el referido fallo, la Representante Legal del Centro Educativo Montessori Gonzaga, interpone Recurso de Casación en el Fondo contra el Auto de Vista No. 303/2009, en el que refiere que el Tribunal de Alzada al emitir dicho fallo ha omitido analizar en su real dimensión las literales cursantes a fs. 4, 5 - 38, 77 - 85, 88 - 91, 154 - 191 y 217 - 251, relacionados a la Improcedencia del Beneficio de Indemnización de la gestión 2004, así como el Pago de la Prima de las gestiones 2005 y 2006, y las vacaciones por 38 días; asimismo manifiesta que no se ha valorado las declaraciones testificales de fs. 73 y 74, por las cuales precisa inobjetablemente que la actora no prestó servicios laborales a la institución educativa en la Gestión 2004, haciendo caso omiso de la disposición contenida en el art. 236 del Código de Procedimiento Civil
- Partes : Sara Giovanna Mariaca Pozo c/ Centro
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral,
- En grado de Apelación formulado por la
- Contra el referido fallo, la Representante Legal
- Aduce que los balances anuales de las
- Concluye el memorial del Recurso, solicitando a
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos
- Que, la prueba como tal, es uno
- Con relación a la acusación que el
- Respecto al argumento en sentido que no
- Finalmente es preciso dejar claramente establecido que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 064/2014
