Continuando con su fundamentación y en el marco de la denuncia efectuada, el recurrente, hace
Continuando con su fundamentación y en el marco de la denuncia efectuada, el recurrente, hace mención al principio de inocencia que debió ser aplicado en su caso, al deber de brindar tutela jurisdiccional efectiva y el principio de preclusión, en virtud del cual los jueces deben proseguir con el desarrollo del proceso sin retrotraer el trámite a etapas concluidas, excepto cuando hubiera existido irregularidad procesal reclamada oportunamente, precepto legal incumplido por el Tribunal de apelación, puesto que dispuso la nulidad de la Sentencia y la reposición del juicio, sin que exista irregularidad alguna, vulnerando de esta manera el art. 115.II de la CPE; con dichos antecedentes, solicita la nulidad del Auto de Vista porque no cuenta con la debida fundamentación y principalmente por haber revalorizado prueba contrariando los Autos Supremos “014/20133, 200/2012 RPC 24/08/2012, A.S. 227/2008 de fecha 13/08/2008” (sic)
- Por memoriales presentados el 17, 23 y 24 de septiembre de 2013, cursantes a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el representante del Ministerio Público (fs
- c) Notificados los representantes del Ministerio Público y COMIBOL, con el referido Auto de Vista,
- De los memoriales que cursan a fs
- Como presunto agravio el recurrente considera que el Auto de Vista incurre en “…el defecto
- II.2. Recurso de casación de Nelson Rubens Choque Magne
- El recurrente, denuncia como vulnerados sus derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica, de
- Continuando con su fundamentación y en el marco de la denuncia efectuada, el recurrente, hace
- II.3. Recurso de casación de Eduardo Fernández Escobar
- El nombrado imputado reclama que, el Auto de Vista contiene fundamentación contradictoria y ejercita razonamientos
- Con dichos antecedentes, denuncia que el Auto de Vista anuló la Sentencia en base a
- II.4. Recurso de casación de Luis Eduardo Vargas Peñaloza
- 1) Denuncia que, el Auto de Vista impugnado, resulta extemporáneo porque desconoce y vulnera la
- 2) El Auto de Vista impugnado, al enunciar los hechos y circunstancias objeto de juicio,
- 3) Agrega que, el Ministerio Público, no probó plenamente la acusación en su contra, y
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constató que los recurrentes observaron el plazo para la
- Así, en cuanto al recurso interpuesto por el imputado Hugo Roberto García Vila, consistente en
- En consecuencia, al no haberse dado estricta observancia a la naturaleza y requisitos del recurso
- En cuanto al recurso de casación interpuesto por el imputado Nelson Rubens Choque Magne, que
- Respecto a los Autos Supremos “014/20133, A
- El cuarto y último recurso, que corresponde al co-imputado Luis Eduardo Vargas Peñaloza, que contiene
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
