El cuarto y último recurso, que corresponde al co-imputado Luis Eduardo Vargas Peñaloza, que contiene
El tercer recurso de casación, que corresponde al imputado Eduardo Fernández Escobar, cuya denuncia se resume en que el Auto de Vista anuló la Sentencia en base a supuestas contradicciones de la Sentencia, que no son objetivas y menos sustentables, lo que vulnera su derecho a una resolución motivada, clara y completa, que como derecho fundamental se incorpora dentro del derecho a la tutela judicial efectiva consagrada por el art. 115.II de la CPE, en consecuencia, denuncia la existencia de defecto absoluto establecido en el art. 169 inc. 3) del CPP, sobre la cual invoca el Auto Supremo 20/2012 de 7 de febrero, que a su vez se remite al Auto Supremo 12 de 30 de enero de 2012, explicando que la contradicción radica en que es una exigencia que la motivación del Auto de Vista debe ser coherente, clara y que responda a todos y cada uno de los agravios objeto de impugnación, evitando argumentos forzados, como el referido a que la transcripción de la enunciación del hecho en la Sentencia, constituiría contradicción con el fundamento de la absolución, argumento en el que se basó la nulidad de la Sentencia absolutoria. De la referida exposición argumentativa, se concluye que el recurrente cumplió los presupuestos establecidos para declarar la admisibilidad de su recurso, a objeto de emitir un pronunciamiento posterior sobre la denuncia planteada.
El cuarto y último recurso, que corresponde al co-imputado Luis Eduardo Vargas Peñaloza, que contiene cuatro motivos detalladamente extractados y consignados en el acápite II de la presente Resolución y que no son transcritos nuevamente a efecto de no ingresar dentro de redundancias innecesarias, corresponde señalar que en ninguno de los cuatros presuntos agravios, el recurrente no invocó precedentes contradictorios, en cuya razón tampoco existe explicación alguna de la probable o presunta contradicción en que hubiera incurrido el Auto de Vista impugnado, falencia en que incurrió el co-imputado que determina la inadmisibilidad de su recurso, por incumplimiento de los requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP
- Por memoriales presentados el 17, 23 y 24 de septiembre de 2013, cursantes a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el representante del Ministerio Público (fs
- c) Notificados los representantes del Ministerio Público y COMIBOL, con el referido Auto de Vista,
- De los memoriales que cursan a fs
- Como presunto agravio el recurrente considera que el Auto de Vista incurre en “…el defecto
- II.2. Recurso de casación de Nelson Rubens Choque Magne
- El recurrente, denuncia como vulnerados sus derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica, de
- Continuando con su fundamentación y en el marco de la denuncia efectuada, el recurrente, hace
- II.3. Recurso de casación de Eduardo Fernández Escobar
- El nombrado imputado reclama que, el Auto de Vista contiene fundamentación contradictoria y ejercita razonamientos
- Con dichos antecedentes, denuncia que el Auto de Vista anuló la Sentencia en base a
- II.4. Recurso de casación de Luis Eduardo Vargas Peñaloza
- 1) Denuncia que, el Auto de Vista impugnado, resulta extemporáneo porque desconoce y vulnera la
- 2) El Auto de Vista impugnado, al enunciar los hechos y circunstancias objeto de juicio,
- 3) Agrega que, el Ministerio Público, no probó plenamente la acusación en su contra, y
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constató que los recurrentes observaron el plazo para la
- Así, en cuanto al recurso interpuesto por el imputado Hugo Roberto García Vila, consistente en
- En consecuencia, al no haberse dado estricta observancia a la naturaleza y requisitos del recurso
- En cuanto al recurso de casación interpuesto por el imputado Nelson Rubens Choque Magne, que
- Respecto a los Autos Supremos “014/20133, A
- El cuarto y último recurso, que corresponde al co-imputado Luis Eduardo Vargas Peñaloza, que contiene
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
