Auto Supremo AS/0080/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0080/2014

Fecha: 14-May-2014

Que como corolario de lo expresado, el tribunal ad quem, al dictar el Auto de

En cuanto a lo argüido por la empresa recurrente en sentido de que la sentencia emitida por el a quo contendría en la parte resolutiva una norma que nada tiene que ver con el fondo del asunto, refiriéndose al artículo 32 de la Ley Nº 1178, se advierte que este extremo no fue reclamado en el recurso de apelación, activándose en consecuencia el principio de preclusión previsto en los artículos 3. e) y 57 del Código Procesal del Trabajo.
Que como corolario de lo expresado, el tribunal ad quem, al dictar el Auto de Vista Nº 048/2013-SSA.I de 8 de marzo de 2013 cursante a fs. 346-347, examinó adecuadamente los antecedentes del proceso y en consecuencia obró con corrección y justicia, al disponer la reincorporación laboral de los actores a la institución demandada, al haberse establecido que fueron despedidos sin causa justificada y al determinarse la existencia de la relación laboral entre partes; por consiguiente, no es evidente los reclamos formulados por la entidad demandada YPFB, en su recurso de fs. 352 a 355 de obrados