POR TANTO: La Sala Social y
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Segunda del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida en el artículo 184. 1 de la Constitución Política del Estado y el artículo 42. I. 1) y de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, en ejercicio de la potestad de juzgar que emana del pueblo boliviano, deliberando en el fondo. Declara: IMPROCEDENTE el Recurso de Casación cursante de fs. 440 a 443. de obrados. Recurso de Casación en el Fondo de fs. 440 a 443, interpuesto por la COMPANEX BOLIVIA S.A., contra el Auto de Vista N° 008/2011 SSA-II de 25 de enero de 2011 de fs. 438 a 439, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la R. Corte Superior de Justicia de La Paz, en el proceso Contencioso Tributario, seguido por el recurrente contra la Gerencia Grandes Contribuyentes La Paz. Con costas
- Partes : COMPANEX BOLIVIA S
- que por ella ejerce, dictó la Sentencia Nº 15/2009 de 21 de diciembre de 2009
- Que, una vez formulado el Recurso de
- CONSIDERANDO II
- En ese sentido manifiesta que, el Auto
- o implícitamente exigidos en el orden jurídico, constituyen la fórmula legislativa común, para definir los
- y por tanto se ha viciado de nulidad el proceso de determinación, correspondiendo en justicia
- Concluyendo en esta primera parte, señalando que
- de vicios procesales, a vulnerar el Ordenamiento Jurídico y que genera una nulidad del acto
- Señalando a continuación que el Acto Administrativo para ser válido, debe poseer
- Señalando al finalizar que estas consideraciones, el
- Por lo expuesto al amparo de
- CONSIDERANDO III: Que, así expuestos los fundamentos
- Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo,
- Que en la parte de la fundamentación del recurso, no especifica, en qué consiste la
- Por las razones anotadas, el Código de
- fondo, en la forma o ambos, es de substancial importancia, por cuanto el legislador, con
- De abrir la competencia del órgano y éste no incurra en arbitrariedad alguna
- En mérito a lo expuesto, corresponde observar
- POR TANTO: La Sala Social y
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso
- Libro de Tomas de Razón Nº 097/2014
