Que en la parte de la fundamentación del recurso, no especifica, en qué consiste la
En el caso de Autos, la entidad recurrente por intermedio de su representante legal, de manera general expone los motivos y fundamentos de su recurso, reflejando la falta de aplicación de la correcta técnica jurídica
dispuesta para la interposición de esta acción extraordinaria; en efecto, si bien es cierto que interpone el Recurso de Casación en el fondo, no es menos evidente
Que en la parte de la fundamentación del recurso, no especifica, en qué consiste la infracción a las normas citadas, ya que el Recurso de Casación en el fondo, tiene como finalidad velar por la adecuada interpretación y correcta aplicación de la Ley en los fallos judiciales que lleguen a su conocimiento, buscando la seguridad jurídica y la igualdad ante la Ley de todos los miembros de la comunidad
dispuesta para la interposición de esta acción extraordinaria; en efecto, si bien es cierto que interpone el Recurso de Casación en el fondo, no es menos evidente
Que en la parte de la fundamentación del recurso, no especifica, en qué consiste la infracción a las normas citadas, ya que el Recurso de Casación en el fondo, tiene como finalidad velar por la adecuada interpretación y correcta aplicación de la Ley en los fallos judiciales que lleguen a su conocimiento, buscando la seguridad jurídica y la igualdad ante la Ley de todos los miembros de la comunidad
- Partes : COMPANEX BOLIVIA S
- que por ella ejerce, dictó la Sentencia Nº 15/2009 de 21 de diciembre de 2009
- Que, una vez formulado el Recurso de
- CONSIDERANDO II
- En ese sentido manifiesta que, el Auto
- o implícitamente exigidos en el orden jurídico, constituyen la fórmula legislativa común, para definir los
- y por tanto se ha viciado de nulidad el proceso de determinación, correspondiendo en justicia
- Concluyendo en esta primera parte, señalando que
- de vicios procesales, a vulnerar el Ordenamiento Jurídico y que genera una nulidad del acto
- Señalando a continuación que el Acto Administrativo para ser válido, debe poseer
- Señalando al finalizar que estas consideraciones, el
- Por lo expuesto al amparo de
- CONSIDERANDO III: Que, así expuestos los fundamentos
- Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo,
- Que en la parte de la fundamentación del recurso, no especifica, en qué consiste la
- Por las razones anotadas, el Código de
- fondo, en la forma o ambos, es de substancial importancia, por cuanto el legislador, con
- De abrir la competencia del órgano y éste no incurra en arbitrariedad alguna
- En mérito a lo expuesto, corresponde observar
- POR TANTO: La Sala Social y
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso
- Libro de Tomas de Razón Nº 097/2014
