Señalando a continuación que el Acto Administrativo para ser válido, debe poseer
Señalando a continuación que el Acto Administrativo para ser válido, debe poseer requisitos de fondo y de forma, debe emanar de una autoridad con competencia para hacerlo, no debe lesionar ningún derecho subjetivo concedido ya sea legal o contractualmente y no debe contener vicios de forma que no pueden subsanarse. Si el acto viola los requisitos enumeraos, será nulo de pleno derecho. Que en la vía judicial, debe procederse a revisar el procedimiento administrativo y también los aspectos observados de fondo en la emisión del Acto Administrativo. La nulidad deja sin efecto el acto desde el momento de ser otorgado, o sea, que se considera que nunca tuvo validez
- Partes : COMPANEX BOLIVIA S
- que por ella ejerce, dictó la Sentencia Nº 15/2009 de 21 de diciembre de 2009
- Que, una vez formulado el Recurso de
- CONSIDERANDO II
- En ese sentido manifiesta que, el Auto
- o implícitamente exigidos en el orden jurídico, constituyen la fórmula legislativa común, para definir los
- y por tanto se ha viciado de nulidad el proceso de determinación, correspondiendo en justicia
- Concluyendo en esta primera parte, señalando que
- de vicios procesales, a vulnerar el Ordenamiento Jurídico y que genera una nulidad del acto
- Señalando a continuación que el Acto Administrativo para ser válido, debe poseer
- Señalando al finalizar que estas consideraciones, el
- Por lo expuesto al amparo de
- CONSIDERANDO III: Que, así expuestos los fundamentos
- Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo,
- Que en la parte de la fundamentación del recurso, no especifica, en qué consiste la
- Por las razones anotadas, el Código de
- fondo, en la forma o ambos, es de substancial importancia, por cuanto el legislador, con
- De abrir la competencia del órgano y éste no incurra en arbitrariedad alguna
- En mérito a lo expuesto, corresponde observar
- POR TANTO: La Sala Social y
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso
- Libro de Tomas de Razón Nº 097/2014
