Con esa introducción, se tiene de antecedentes que iniciada la relación laboral el 5 de
Con esa introducción, se tiene de antecedentes que iniciada la relación laboral el 5 de mayo de 2009, el trabajador fue víctima de un siniestro automovilístico el 23 de mayo de 2009, fecha desde la que el empleador asume el pago de salarios por los meses subsiguientes, hasta octubre de 2010, conforme consta en la documental de fs. 74 a 78. Luego el 28 de octubre de 2010, el empleador remite la nota GG-INT-066/2010, en la que se señala que a partir del 24 de mayo de 2010, el trabajador “incurrió en el abandono injustificado de sus funciones hasta la fecha…conducta laboral que…tiene alcance en la previsión legal del art. 7 del DS Nº 1592 de fecha 19 de abril de 1949” (sic); prosiguiendo, “…dada la situación del abandono injustificado del trabajo por más de cinco meses…Entel S.A. ha decidido prescindir de sus servicios a partir del 1º de noviembre de 2010” (sic )
- Demandada: ENTEL S.A
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por el actor (fs
- Dicha Resolución motivó que la parte demandante de fs
- Refirió, en relación al punto 2 de la parte Considerativa del Auto de Vista, que
- 4) Fundamentó, que tanto el Juez como los Vocales, no valoraron el finiquito que presentó
- 5) En relación al trámite realizado en el Ministerio de Trabajo, señala el recurrente que,
- 6) Asimismo, hace saber que en ambas instancias, no se compulsó el hecho de que
- 7) Además, precisó no se realizó una correcta apreciación de la confesión provocada, mencionada por
- Finalmente solicita que además, considerar al momento de resolver la presente causa, lo señalado por
- El recurrente insta se le conceda el recurso y dado el trámite este Tribunal, deliberando
- Bajo esa introducción, la Constitución Política del estado brinda al trabajo, y las y los
- Esa es precisamente el panorama del pronunciamiento jurisprudencial boliviano, dónde se propició una integración de
- En ese contexto, tanto la doctrina como la jurisprudencia comparada marcan una importante protección a
- No hay que perder de vista, que la problemática planteada en esta instancia se relaciona
- Con esa introducción, se tiene de antecedentes que iniciada la relación laboral el 5 de
- Consiguientemente, al ser ciertas las infracciones acusadas en el recurso de casación, corresponde fallar de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Para Resolución, según convocatoria a fs
- PRIMER RELATOR: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
- SEGUNDO RELATOR: Pastor Segundo Mamani Villca
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
