Interpuesto el recurso de apelación por el actor (fs
I.2 Auto de Vista
Interpuesto el recurso de apelación por el actor (fs. 339 a 342 vta.), mediante Auto de Vista Nº 377/2013 de 30 de octubre cursante de fs. 369 a 373, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, confirmó en todas sus partes la Sentencia Nº 018/2013 de 2 de mayo de fs. 325 a 329. Con costas
Interpuesto el recurso de apelación por el actor (fs. 339 a 342 vta.), mediante Auto de Vista Nº 377/2013 de 30 de octubre cursante de fs. 369 a 373, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, confirmó en todas sus partes la Sentencia Nº 018/2013 de 2 de mayo de fs. 325 a 329. Con costas
- Demandada: ENTEL S.A
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por el actor (fs
- Dicha Resolución motivó que la parte demandante de fs
- Refirió, en relación al punto 2 de la parte Considerativa del Auto de Vista, que
- 4) Fundamentó, que tanto el Juez como los Vocales, no valoraron el finiquito que presentó
- 5) En relación al trámite realizado en el Ministerio de Trabajo, señala el recurrente que,
- 6) Asimismo, hace saber que en ambas instancias, no se compulsó el hecho de que
- 7) Además, precisó no se realizó una correcta apreciación de la confesión provocada, mencionada por
- Finalmente solicita que además, considerar al momento de resolver la presente causa, lo señalado por
- El recurrente insta se le conceda el recurso y dado el trámite este Tribunal, deliberando
- Bajo esa introducción, la Constitución Política del estado brinda al trabajo, y las y los
- Esa es precisamente el panorama del pronunciamiento jurisprudencial boliviano, dónde se propició una integración de
- En ese contexto, tanto la doctrina como la jurisprudencia comparada marcan una importante protección a
- No hay que perder de vista, que la problemática planteada en esta instancia se relaciona
- Con esa introducción, se tiene de antecedentes que iniciada la relación laboral el 5 de
- Consiguientemente, al ser ciertas las infracciones acusadas en el recurso de casación, corresponde fallar de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Para Resolución, según convocatoria a fs
- PRIMER RELATOR: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
- SEGUNDO RELATOR: Pastor Segundo Mamani Villca
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
