Auto Supremo AS/0202/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2014-RRC

Fecha: 22-May-2014

b)Con la misma permisibilidad establecida por el Auto Supremo 309/2013 de 24 de octubre, resolvió


b)Con la misma permisibilidad establecida por el Auto Supremo 309/2013 de 24 de octubre, resolvió de manera conjunta dos agravios; uno referido a la fundamentación contradictoria por el análisis incompleto de las circunstancias que rodean el hecho “no existe nexo entre el hecho y el tipo penal” que no se consideró que el Tráfico de Sustancias Controladas se subsume en trece subtipos penales existiendo el defecto previsto por el art. 370 inc. 1); y, el segundo bajo argumentos similares, referido a la falta de fundamentación y consecuente defecto previsto por el inc. 5) del art. 370 de la misma norma adjetiva; el Tribunal de alzada consideró insuficientes los fundamentos de la Sentencia, toda vez que el Tribunal de Sentencia no precisó porque consideró que los hechos deben ser subsumidos en la norma sustantiva; es decir, que a partir de la cita de las normas aplicables el A quo debió establecer por qué estima que se está ante una acción típica, lo que importa la concurrencia de los elementos descriptivos y normativos del tipo penal, además de antijurídica, culpable y finalmente sujeta a una sanción, y no basarse sólo en suposiciones, por lo que determinó la nulidad de la Sentencia y dispuso reenvío de la causa