La citada doctrina legal fue establecida dentro de un proceso penal seguido por los delitos
La citada doctrina legal fue establecida dentro de un proceso penal seguido por los delitos de Calumnia e Injuria, donde se dictó Sentencia absolutoria, apelada esta determinación por Auto de Vista se declaró la improcedencia de la alzada, fallo que fue recurrido de casación denunciando que el juez no valoró la prueba incumpliendo los arts. 171 y 173 del CPP e incurrió en mala aplicación de los arts. 193 y 198 del CPP, en vulneración de los arts. 3 incs. 1) y 3) del Código Civil (CC) y 124 del CPP con relación a la fundamentación de las resoluciones, contradicción en la absolución de acuerdo a los incs. 1), 2) y 3) del art. 363 del CPP, que el Auto de Vista es contradictorio al considerar subsanado el recurso de apelación y en resolución declarar improcedente, sustentándose en el incumplimiento de requisitos; que advirtiendo el Tribunal de casación que en la sentencia existe contradicción y que su fundamentación incurre en defectos, afectando el derecho a la impugnación y a la tutela judicial efectiva, sin que éstos aspectos hayan sido observados por el Tribunal de alzada, concluyó que la falta de motivación en las resoluciones jurisdiccionales y la deficiente fundamentación, atenta al derecho a la seguridad jurídica
- Por memorial presentado el 28 de agosto de 2013, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación del Ministerio Público (fs
- Del recurso de casación de fs
- Asimismo, denuncia que el Auto de Vista recurrido, no cumple con lo dispuesto por el
- También alega defecto de procedimiento que afecta su derecho a la defensa, enfatizando que corresponde
- Mediante Auto Supremo 038/2014-RA de 24 de marzo, de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- A continuación a fs
- II
- A través del presente recurso, el recurrente Rolando Sandoval Castillo, denuncia que el Tribunal de
- III.1. De los precedentes contradictorios
- El estricto cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 124 del Código de Procedimiento
- La citada doctrina legal fue establecida dentro de un proceso penal seguido por los delitos
- La citada doctrina fue pronunciada dentro de un proceso seguido por el delito de Violación,
- III.2. El derecho de defensa
- En términos prácticos, la defensa material faculta al imputado a intervenir en toda la actividad
- III.3. El derecho al debido proceso
- En lo relativo a la denuncia de defecto absoluto, por indebida motivación en la Sentencia,
- III.4. El recurso de apelación restringida (cómputo para su interposición)
- Por lo que, una vez notificado personalmente el recurrente, o de no ser encontrado en
- III.5. Análisis del caso concreto
- También de los datos del proceso, se verifica que el 25 de febrero de 2013,
- En consecuencia, no se evidencia vulneración alguna del derecho a la defensa ni al debido
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
